¿Sirve un poder cuando fallece la persona que lo otorgó?
Un poder personal, por regla general, termina con el fallecimiento. Pero los contratos celebrados antes no desaparecen automáticamente.
Un familiar fallece y deja un poder otorgado a uno de sus hijos. Surgen las dudas: ¿ese poder todavía sirve? ¿Los contratos siguen vigentes? ¿Se puede traspasar una propiedad? La respuesta depende de una distinción legal importante.
Si el poder lo otorgó una sociedad
Debemos analizar quién tiene la representación legal y si continúa vigente. La muerte de un socio no significa, por sí sola, que desaparezcan las obligaciones de la sociedad.
Si lo otorgó una persona a título personal
Por regla general, ese mandato termina con su fallecimiento. Sin embargo, los contratos válidamente celebrados antes de su muerte no desaparecen automáticamente: por ejemplo, un arrendamiento puede seguir produciendo efectos.
¿Y si era para donar, vender o gravar una propiedad?
Si quien otorgó el poder falleció antes de realizarse el acto, ese poder personal, por regla general, ya no puede utilizarse para disponer del inmueble. En ese caso hay que estudiar la situación patrimonial y determinar si corresponde iniciar el proceso sucesorio.
Este artículo es informativo y general. Cada caso tiene particularidades que deben analizarse con la documentación correspondiente.
